HORAS EXTRAS
Horas extras es aquella hora que se trabaja adicional a las 8 horas diarias o a la jornada pactada entre las partes. Si en un día se trabajan 10 horas y se ha pactado la jornada máxima legal (8 horas) entonces tendremos dos horas extras. Que son las que han superado el límite de las 8 horas diarias. Si la jornada pactada es de medio tiempo es decir 4 horas diarias y se trabajan 6 horas se tienen dos horas extras.
1. Hora extra diurna
Es la que se labora entre las 6 de la mañana y las 10 de la noche y tiene un recargo del 25% sobre el valor ordinario. Ejemplo si la hora ordinaria cuesta 5000 pesos la hora extra nocturna costaría 8.750 ( 5.000 x 1.75)
2. Recargo nocturno
Hace referencia al recargo que se debe pagar sobre la hora ordinaria por el por el hecho de laborar en horas nocturnas. El recargo correspondiente al 35% sobre la hora ordinaria según lo estipula el numeral 1 del artículo 168 del código sustantivo del trabajo, el recargo nocturno se paga después de las 10 de la noche hasta las 6 de la mañana y corresponde al solo hecho de trabajar de noche.
3. Recargo dominical festivo
Si un trabajador labora un domingo o un festivo se le debe reconocer un recargo del 75% sobre la hora ordinaria solo por el hecho de trabajar en esos días así lo dispone el artículo 171 del código sustantivo del trabajo.
Hora Extra Diurna Dominical O Festiva
Se puede dar también en el caso de trabajar una hora extra diurna dominical o festiva, caso en el cual el recargo será del 100% que corresponda al recargo del 75% por el dominical mas el recargo del 25% por ser extra diurna ( 75 % + 25% =100%)
Hora Extra Nocturna Dominical O Festiva
Si el trabajador labora una hora extra nocturna en un domingo o un festivo el recargo es del 150% que está compuesto por el recargo dominical o festivo que es del 75% más el recargo por ser hora extra nocturna que es del 75% ( 75% + 75% )
Hora Extra Dominical O Festiva
Si el trabajador además de laborar un domingo o un festivo labora en las noches es decir después de las 10 de la noche el recargo es del 110 % el cual está compuesto por el recargo dominical del 75% mas el recargo nocturno que es del 35% sumatoria que da el 110% (75%+ 35%=110%)
Un empleado con un sueldo de $1.200.000, labora desde el domingo a las 7 de la noche hasta el lunes a las 7 de la mañana.
En primer lugar debemos determinar cuántas horas de cada clase ha laborado.
De 7 de la noche a las 10 de la noche son 3 horas dominicales diurnas
De las 10 de la noche hasta las 12 de la noche son 2 horas dominicales nocturnas
De las 12 de la noche a las 3 de la mañana son 3 horas nocturnas (ya es lunes) (Ya hemos completado las 8 diarias, así que en adelante serán extras) De las tres de la mañana a las 6 de la mañana del lunes, son 3 horas extra nocturnas
De las 6 de la mañana a las 7 de la mañana del lunes, hay una hora extra diurna.
HORAS
EXTRAS
|
RECARGO
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||||
110%
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35 %
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75 %
|
25 %
|
TOTAL
|
|
2
|
3
|
75
|
25
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12 HORAS
|
Procedemos ahora a determinar el valor de la hora ordinaria, que es la que se toma como base para calcular los recargos.
Para determinar el valor de la hora ordinaria se divide el sueldo entre el número de horas que se trabajan en un mes, y el mes está conformado por 30 días, y al día se deben trabajar 8 horas, así que el mes tiene 240 horas (30 x 80).
1.200.000/240 = 5.000
La hora ordinaria tiene un valor de 5.000 pesos para este ejemplo.
Procedemos luego a liquidar las horas trabajadas
(5.000 x 3) x 1.75 = 26.250
(5.000 x 2) x 2.1 = 21.000
(5.000 x 3) x1.35 = 20.250
(5.000 x 3) x 1.75 = 26.250
(5.000 x 1) x 1.25 = 6.250
Debe tenerse claro que para efectos del trabajo nocturno, el día va desde las 6 de la mañana hasta las 10 de la noche, por tanto la noche va desde las 10 de la noche hasta las 6 de la mañana.
El dominical inicia a partir de las 12 de la noche del sábado y termina a las 12 de la noche del domingo, puesto que después de las 12 ya es lunes.
En el ejemplo hemos multiplicado los 30 días por 8 horas diarias, porque hemos colocado la jornada laboral ordinaria más común, pero si la jornada ordinaria fuera menor, por ejemplo 6, el 30 se multiplicaría por 6.
Definiciones tomadas de:
Fuentes
http://acuda.org.co/wp-content/uploads/2017/02/Horas-extras.jpg
https://www.gerencie.com/calculo-de-las-horas-extras.html
http://www.finanzaspersonales.com.co/trabajo-y-educacion/articulo/cuanto-cuestan-sus-horas/53447